¿Cuántos días me corresponden de vacaciones?

Según la Ley 20744, en su Art. 150 corresponden:

Hasta 5 años...........14 días corridos
De 5 a 10 años.........21 días corridos
De 10 a 20 años.......28 días corridos
Más de 20 años........35 días corridos

Asimismo, deberá consultarse al convenio colectivo de trabajo en el cual se halla encuadrado el trabajador por si hubiera alguna variante que no puede en ningún caso disminuir los parámetros precitados.

Para el goce, cualquiera sea el período que corresponda, el trabajador deberá haber prestado servicios por más de la mitad del año hábil calendario respectivo.Si no es permitida la entrada al lugar de trabajo, el trabajador deberá enviar un telegrama intimando a que lo dejen trabajar; de lo contrato se podrá dar por despedido como lo indica el Art. 246 de la Ley 20.744..

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